Resumo: | Para iniciar el trámite de devolución es muy importante que el trabajador identifique el grupo al que pertenece y la fecha en que podrá iniciar el trámite. Desde el 16 de enero pasado, el Instituto recibe solicitudes de los pensionados que cuentan con una sentencia favorable de un juicio laboral o un amparo indirecto; aquellos con un juicio abierto, podrán iniciar su trámite de devolución una vez que se desistan del mismo ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o el Juzgado correspondiente. A partir de febrero próximo, los nuevos pensionados podrán iniciar su trámite. A más tardar el 11 de julio se darán a conocer los lineamientos para iniciar el trámite de los pensionados que nunca demandaron la devolución de su subcuenta de vivienda u obtuvieron una resolución en contra. |