Resumo: | La Ley cordobesa regula los usos del suelo y pone en vigencia el https://infonavit.smart-ed.mx/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=4c2f8fbfe54e23aaaaef2035a05c8a81Plan Metropolitano de Usos del Suelo - Sector Primera Etapa https://infonavit.smart-ed.mx/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=4c2f8fbfe54e23aaaaef2035a05c8a81 en el área del Anillo de Circunvalación Metropolitano y las localidades relacionadas. Sin embargo, sus mandatos específicos no van más allá de una clasificación de áreas conforme a la regulación de uso del suelo: Urbanizables, de Urbanización Diferida, No Urbanizables, de Valor Estratégico e Industriales de Impacto, Actividades Mineras o asimilables. Las Áreas No Urbanizables comprenden zonas de Producción Agropecuaria (que a su vez se distinguen en contaminantes o no contaminantes), Naturales Protegidas, Verdes Recreativas y de Riesgo. Las áreas de Valor Estratégico comprenden básicamente espacios ferroviarios, predios de industrias desactivadas, tierras fiscales o bolsones no urbanizados, que quedan por fuera de la normativa en espera de ser tratadas según https://infonavit.smart-ed.mx/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=4c2f8fbfe54e23aaaaef2035a05c8a81planes y programas de usos mixtos que aprovechan su potencial |