抄録: | Tomo de Mario L. Tercco una definición de su reciente Terquedad (la https://infonavit.smart-ed.mx/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=4c2f8fbfe54e23aaaaef2035a05c8a81del plan que realmente existe https://infonavit.smart-ed.mx/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=4c2f8fbfe54e23aaaaef2035a05c8a81): https://infonavit.smart-ed.mx/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=4c2f8fbfe54e23aaaaef2035a05c8a81la batería [de leyes] acordada entre el PRO y el FPV y sus aliados para el uso y la norma de algunos de los predios más importantes y significativos de la ciudad (...) constituyen, de hecho un plan más concreto y efectivo que el Plan Urbano Ambiental establecido por la Ley 2930 https://infonavit.smart-ed.mx/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=4c2f8fbfe54e23aaaaef2035a05c8a81. Aceptada esta proposición, la continúo a través del análisis de la Ley 4477 del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sancionada por la Legislatura porteña el pasado 20 de diciembre. Esta Ley establece la nueva normativa de aplicación para las playas ferroviarias de Caballito, Palermo y Liniers, propiedad del Estado Nacional y objeto de una operación de desarrollo inmobiliaria administrada por la ANSES, administración nacional de la seguridad social. La Ley es básicamente una modificación del existente Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad (que el Plan Urbano Ambiental ordena desde 2008 remplazar por un nuevo Código Urbanístico), desafectando del distrito Urbanización Futura (UF) a dichos predios y afectándolos al distrito Urbanización Determinada (U). Según el art. 5.4.6. del Código, estos distritos U son https://infonavit.smart-ed.mx/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=4c2f8fbfe54e23aaaaef2035a05c8a81zonas que, con la finalidad de establecer o preservar conjuntos o sectores urbanos de características diferenciales, son objeto de regulación integral en materia de uso, ocupación y subdivisión del suelo y plástica urbana https://infonavit.smart-ed.mx/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=4c2f8fbfe54e23aaaaef2035a05c8a81. Vale decir, lo que el consenso disciplinario ha dado en llamar https://infonavit.smart-ed.mx/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=4c2f8fbfe54e23aaaaef2035a05c8a81normativa morfológica https://infonavit.smart-ed.mx/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=4c2f8fbfe54e23aaaaef2035a05c8a81, cualidad pretendida para aquel Código Urbanístico tan largamente esperado como agonizante es el vigente de Planeamiento Urbano (al que ya a esta altura se puede aplicar aquel chiste del señor que tenía https://infonavit.smart-ed.mx/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=4c2f8fbfe54e23aaaaef2035a05c8a81una mala salud de hierro https://infonavit.smart-ed.mx/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=4c2f8fbfe54e23aaaaef2035a05c8a81...). |