Abstract: | Desde el 18 de diciembre de 2020, el derecho a la movilidad forma parte de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Si bien su reconocimiento no implica su garantía automática de la noche a la mañana, sí genera un cambio en la relación entre la población y el Estado para la exigencia de ciudades más accesibles, democráticas e incluyentes. Como otros derechos constitucionales, representa ahora un límite a las actuaciones de las autoridades y también una brújula con la que deben guiar todas sus decisiones. El incipiente reconocimiento no ha permitido el desarrollo de experiencias que nos ayuden a diagnosticar los retos en su implementación. No obstante, las recientes Reglas Generales emitidas por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores son un primer gran precedente sobre el cual reflexionar acerca del contenido y los alcances de la movilidad como un derecho humano. En el presente trabajo se reflexiona sobre lo que implica ese derecho, así como su inclusión en la normativa del Infonavit y los retos que podría enfrentar en el futuro. |