Résumé: | El artículo 50 de la ley de Infonavit establece que el Instituto debe vigilar que los créditos y los financiamientos que otorgue, se destinen al fin para el que fueron constituidos. En tal virtud, la Subdirección Jurídica, en cumplimiento a diversas recomendaciones que formulara la H. Asamblea del Instituto para depurar, perfeccionar y agilizar el Sistema de Contratación de Promociones de Vivienda a través de Fideicomisos y en virtud de la aprobación del H. Consejo de Administración en su acuerdo número 23437 de fecha 9 de marzo de 1988, ha formulado el presente manual con miras a establecer los criterios a seguir para contratar y desarrollar las promociones aprobadas por el H. Consejo de Administración. |